Defensoría de Atacama participa en sesión de “Tribunal de Conducta”
* La calificación de la conducta se realiza con base en la proposición que realiza el Tribunal de Conducta para tales efectos; ella incide en aspectos como la postulación a la libertad condicional, solicitud de audiencia de pena mixta, posibilidad de solicitar la reducción de condena, entre otros.
La conducta de 240 personas condenadas se revisó en la sesión del Tribunal de Conducta realizada en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Copiapó en la que -por primera vez. Participó la Defensoría Penal Pública.
La defensora penitenciaria, Viviana Luco Amigo y la asistente social, Carolina Quiroga Segura, quienes fueron designadas por la jefatura de Atacama para representar a la institución, concluyeron que en su mayoría presentaban buena o muy buena conducta.
Sin embargo, hubo algunos casos que presentaban faltas disciplinarias de carácter grave y menos graves, que implicaron necesariamente una rebaja en su conducta. Pero “la Dirección Nacional de Gendarmería, resolvió que sólo se debe evaluar la conducta de los condenados con base en la opinión de la guardia interna”, informaron desde la defensora
Es decir, que, “si se cometió alguna falta al régimen disciplinario tipificada en los artículos 78 y 79, que son las faltas graves y menos graves del Decreto Supremo Nº 518, que permiten rebajar la conducta de los condenados”, solo que debía tomar en cuenta la opinión de los gendarmes.
“Se realizó un proceso serio, transparente y apegado a la norma en el que no hubo mayores inconvenientes; hubo posibilidad de aclarar dudas”, enfatizó Luco Amigo. No obstante, añadió que “esperamos con ansias que las siguientes reformas legales nos dirijan hacia un juez de ejecución que vele por los derechos de los condenados y se procure por la tan anhelada reinserción social”.
INTEGRACIÓN
Esta es la primera vez que la Defensoría Penal Pública participa en este proceso; dicho avance se logró gracias a la reciente publicación del Reglamento del Decreto Ley N° 321 que modificó el Decreto Supremo N° 518.
Este decreto establece que la institución puede participar, con derecho a voz, en las calificaciones bimestrales que presenta cada persona condenada -por sentencia ejecutoriada- a penas privativas de libertad.
“Participar de esta instancia es de suma importancia ya que, como defensa penitenciaria, nos abre una puerta para poder seguir con nuestro compromiso y lema: Sin defensa no hay justicia”, comentó Luco Amigo
“El hecho de que se haya oído a la defensora penitenciaria es lo más valorable, porque se abre un espacio de participación en defensa de los privados de libertad; esto permite cumplir con la misión institucional de prestar defensa de alta calidad y en concordancia de los derechos humanos hasta la completa ejecución de la pena”, destacó la jefa de Estudios, Violeta Villalobos Utreras.


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