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A partir del lunes 15 de febrero a las 5 horas: Caldera y Chañaral avanzan a fase 3 de preparación

Las autoridades informaron este jueves durante el balance nacional COVID-19, que las comunas de Caldera y Chañaral en la región de Atacama, avanzarán a fase 3 de preparación.

Lo anterior entrará en efecto desde el lunes 15 de febrero a las 5 horas.

¿Qué se podrá hacer ?

  • Salir todos los días de la semana, pero no a una comuna en cuarentena.
  • Se debe respetar el toque de queda, que implica que no puedes salir entre las 22:00 y la 05:00 horas salvo que tengas un salvoconducto por emergencia médica o el fallecimiento de un familiar directo.
  • Se puede ir a trabajar si es que trabajas en un lugar que no esté en cuarentena, a no ser que sea servicio esencial, y tengas un permiso de desplazamiento colectivo o un permiso único colectivo.
  • Participar en eventos, reuniones sociales y recreativas de máximo 50 personas (será aclarado especialmente por la autoridad sanitaria, las formas de aplicación de esta medida, mediante resolución).
  • Realizar actividad deportiva y participar en deportes colectivos con máximo 5 personas en lugares cerrados (excepto gimnasios de acceso público) y 25 en lugares abiertos sin público.
  • Cada vez que salgas, debes usar mascarilla, mantener la distancia física y recordar medidas como lavado de manos o uso de alcohol gel.

 ¿Qué funcionará?

  • Farmacias, supermercados y otros lugares de abastecimiento de alimentos y productos básicos, centros de salud y establecimientos de servicio público.
  • Comercio y otras actividades no esenciales que puedan funcionar con trabajadores que vivan en una comuna sin cuarentena.
  • Atención de público en restaurantes, cafés y lugares análogos sólo en espacios abiertos y con una distancia mínima de 2 metros entre mesas o 25% de capacidad
  • Todo lo que funcione, debe ser siguiendo los protocolos establecidos por el Minsal.

 ¿Qué está prohibido?

  • El funcionamiento de clubes y centros de día de adulto mayores.
  • El funcionamiento de cines, teatros, pubs, discotecas y lugares análogos.
  • La atención de público en restaurantes y cafés.
  • El funcionamiento de gimnasios abiertos al público.
  • La realización de actividad deportiva con más de 25 personas en lugares abiertos y más de 5 en lugares cerrados.
  • La realización y participación de eventos y reuniones sociales y recreativas de más de 50 personas.
  • La entrada y salida a centros SENAME y ELEAM.
  • El libre tránsito por fronteras terrestres y áreas, a no ser que la autoridad competente indique lo contrario.
  • La realización de cirugías electivas no críticas, exceptuando cirugía mayor ambulatoria y con hospitalización de máximo una noche, a no ser que la autoridad competente indique lo contrario.
  • Las clases presenciales de establecimientos educacionales, salvo situaciones excepcionales, previa solicitud del alcalde y cumpliendo las condiciones sanitarias.

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