Defensoría de Atacama Capacitan a funcionarios de Gendarmería en legislación aplicable a personas migrantes
Tras una coordinación con Gendarmería, la jefa de Estudios de la Defensoría Regional de Atacama, Violeta Villalobos Utreras, capacitó a funcionarios de Gendarmería en torno a la legislación aplicable a las personas migrantes, con la finalidad de promover y garantizar el efectivo acceso a la justicia de estas personas en todas las etapas del proceso penal.
La actividad, organizada por la jefa de Estudios en conjunto con Hugo Carmona, de la Unidad de Derechos Humanos de la dirección regional de Gendarmería, estuvo dirigida a los funcionarios de trato directo con personas migrantes en las unidades penales de Atacama y se desarrolló en el salón de la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) en Copiapó.
El alto número de asistentes -28 personas- reflejó el interés que suscita esta temática entre las y los funcionarios penitenciarios. Violeta Villalobos explicó que “la nueva Ley de Migraciones establece ciertas obligaciones para Gendarmería, como, por ejemplo, que deben ingresar las solicitudes de residencia temporal respecto de las personas que se encuentran sujetas a su custodia, es decir, los imputados sometidos a prisión preventiva, y los condenados que están cumpliendo pena privativa de libertad en forma efectiva”.
Presente en el encuentro, el defensor público Eduardo Rojas Fritis expuso sobre los derechos y obligaciones de las personas migrantes en el proceso penal y enfatizó que “los funcionarios públicos debemos ser conscientes de la situación de vulnerabilidad en que se encuentra una persona imputada extranjera o migrante y, sobre todo, conocer los derechos específicos que le asisten y la legislación especial aplicable a ellas y ellos”.
NUEVO ESTATUTO MIGRATORIO
La Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería se promulgó el 11 de abril de 2021 y entró en vigencia el 12 de febrero de 2022, con el fin de permitir una migración segura, regular y responsable. Sus principios fundamentales son “la promoción, respeto y garantía de derechos, interés superior del niño, niña y adolescente, procedimiento migratorio informado, integración e inclusión, no criminalización y protección complementaria, entre otros”, enfatizó.
Al respecto, la jefa regional de Estudios de la Defensoría sostuvo que el trabajo de la institución es prestar defensa penal de alta calidad a todas las personas que lo requieran, además de desarrollar actividades de difusión como estas, con el objetivo de socializar con otras instituciones las temáticas que son estratégicas para la defensa pública, en consonancia con el respeto de los derechos humanos de las personas migrantes. Esta es una de las siete líneas especializadas de trabajo con las que cuenta la institución y, enfrentamos distintos desafíos a partir de la nueva ley, en relación con diversos hechos de connotación pública en que los imputados son extranjeros”, aseguró.
DERECHOS Y OBLIGACIONES
En su exposición, Eduardo Rojas se refirió a los derechos y obligaciones de esta ley. Sostuvo que “el Estado promoverá el respeto y protección hacia la mujer extranjera, cualquiera sea su situación migratoria, para que en todas las etapas de su proceso migratorio no sea discriminada ni violentada en razón de su género. Respecto de los derechos laborales, los extranjeros gozarán de los mismos derechos en materia laboral que los chilenos, sin perjuicio de los requisitos y sanciones que la ley establezca para determinados casos”, aclaró.
Respecto del debido proceso, Eduardo Rojas agregó que “el Estado asegurará a los extranjeros la igual protección de los derechos establecidos en la ley, la Constitución Política de la República y los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.
También dijo que, en especial, el Estado deberá asegurar un procedimiento e investigación racional y justo para el establecimiento de las sanciones contenidas en esta ley, de conformidad con los derechos y garantías que les confiere la Constitución Política, con especial consideración a lo dispuesto en el número 3 de su artículo 19, y deberá arbitrar los medios necesarios para otorgar asesoramiento y defensa jurídica a aquellos extranjeros que no puedan procurárselos por sí mismos”.
Al finalizar la charla, los funcionarios de Gendarmería realizaron preguntas sobre la temática y señalaron que usualmente reciben consultas de los internos que desean regularizar su situación migratoria y que se encuentran privados de libertad. Por lo mismo, fueron orientados al efecto y se comprometió con ellos una segunda parte del taller, con la finalidad de profundizar aún más en estas materias.