Acogido a tramitación y radicado en la Comisión de trabajo de la Cámara Alta, se encuentra el proyecto de ley presentado por el Senador Baldo Prokurica que consagra el descanso laboral al marido o mujer cuando, a su cónyuge, se le diagnostique una enfermedad grave, terminal o catastrófica.
El parlamentario indicó que “nuestra legislación, establece la obligación de otorgamiento de licencias médicas a la madre o, en su defecto al padre, que tenga un niño menor de un año diagnosticado con una enfermedad grave; pero nada establece en el caso que, el que sufra la enfermedad grave o terminal sea uno de los cónyuges”.
Miles son los casos a lo largo del país en que una persona debe enfrentar sola enfermedades graves, pues su marido o mujer deben seguir trabajando. “Esta iniciativa, pretende corregir esta situación, posibilitando que el cónyuge sano, pueda acompañar a aquel que sufre y cumplir así las obligaciones de auxilio, socorro y protección mutua”, explicó Prokurica.
EL PROYECTO
Cuando uno de los cónyuges haya sido diagnosticado con una enfermedad grave, terminal o catastrófica, el otro tendrá derecho a un permiso, para ausentarse de su trabajo por el tiempo que dure el tratamiento y hasta 5 días después de la recuperación total o fallecimiento del enfermo.
Para hacer valer este derecho, el cónyuge deberá dar aviso a su empleador con, a lo menos 3 días de anticipación, acreditando mediante certificado médico la situación que afecta a su marido o mujer y adjuntando la respectiva licencia médica.
Si estos beneficios fueran obtenidos en forma indebida, los trabajadores involucrados serán solidariamente responsables de la restitución de las prestaciones pecuniarias percibidas, sin perjuicio de las sanciones penales que por este hecho les debiere corresponder.